Resoluciones #021 - #033 CAc-2003-021.- Aprobar el acta de la sesión celebrada por la Comisión Académica el día 09 de enero de 2003. CAc-2003-022.- Por contravenir expresas disposiciones reglamentarias, no se acepta el pedido formulado por el Consejo Directivo del Instituto de Ciencias Humanísticas y Económicas (ICHE), para que los estudiantes que tengan deudas pendientes con la Institución, no puedan rendir Exámenes de Mejoramiento. CAc-2003-023.- Por contravenir expresas disposiciones reglamentarias, no se acepta el pedido formulado por el Consejo Directivo del Instituto de Ciencias Humanísticas y Económicas (ICHE), para mantener las dos modalidades de actas, ya que las listas para asentar las calificaciones de los estudiantes son únicas y no pueden emitirse las listas con estudiantes deudores y no deudores de la Institución, por separado. CAc-2003-024.- Derogar la resolución CAc-2002-050 tomada por la Comisión Académica el 7 de marzo de 2002, que autoriza que el CRECE en conjunto con el ICHE, tomen las medidas administrativas pertinentes para control de pago de los estudiantes de esa Unidad con el fin de garantizar sus ingresos. CAc-2003-025.- Los estudiantes que tengan deudas con la Institución, no podrán solicitar al CRECE certificación alguna de sus estudios, ni consultar el Sistema Académico, con excepción de las deudas pendientes. CAc-2003-026.- Para registrarse en los Cursos de Invierno, III Término 2002, los estudiantes deberán cancelar todas las deudas que mantienen con la Institución. CAc-2003-027.- En concordancia con las disposiciones reglamentarias estable-cidas, se autoriza la revalidación del título de Bachelor of Science in Bussines Administration obtenido en la Universidad de New Orleáns, por el señor Boris Andrés Lascano Loor, por el título de Economista con Mención en Gestión Empresarial que otorga la ESPOL CAc-2003-028.- Que la Facultad de Ingeniería en Ciencias de la Tierra revise los Lineamientos para el dictado de Tópicos de Graduación en dicha Unidad, de acuerdo con las siguientes observaciones: · Deben estar en concordancia con lo que disponen los artículos 1 y 3 del Reglamento de Graduación de la ESPOL. · Que el número de estudiantes que se registren en Tópicos de Graduación, no sea menor de 10. · Que el trámite para el Proceso de Graduación y sustentación sea de acuerdo al Reglamento de Graduación de la ESPOL: CAc-2003-029.- Que la Facultad de Ingeniería en Ciencias de la Tierra justifique la creación de la materia Geofísica Aplicada (Sísmica 2D) o Sísmica 2D. CAc-2003-030.- Modificar el Diagrama de Flujo de las carreras de Ingeniería de Minas e Ingeniería en Geología, de tal manera que la materia Topografía I, Código FICT-02725, se la cambie por la materia Topografía con Código FICT-00018. Los estudiantes que a la presente fecha hayan aprobado Topografía I y que son de las carreras antes mencionadas, les será convalidada con Topografía . El prerrequisito de la nueva materia Topografía será Expresión Gráfica. CAc-2003-031.- Por no existir disponibilidades económicas, no se acepta el pedido formulado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería en Electricidad y Computación, para que se conceda a la Ing. Mónica Villavicencio Cabezas, profesora contratada de la FIEC, ayuda del 25% del valor total de los estudios del Post-Grado en MBA Ejecutivo de la UQAM ofrecida por la ESPAE. CAc-2003-032.- Por no existir disponibilidades económicas, no se acepta el pedido formulado por el Consejo Directivo del Instituto de Ciencias Humanísticas y Económicas, para que se otorgue beca y ayuda económica al Econ. Leonardo Sánchez Aragón, profesor contratado de esa Unidad, para continuar estudios de Maestría de Economía en la Universidad Pompeu Fabra, España. CAc-2003-033.- En concordancia con la solicitud formulada por el docente, Ing. José Mancero Gando y la aceptación del Consejo Directivo de dos Unidades Académicas involucradas, se autoriza el cambio del referido docente, de la Facultad de Ingeniería en Mecánica y Ciencias de la Producción (FIMCP), a la Facultad de Ingeniería en Ciencias de la Tierra (FICT), manteniendo su nombramiento de 20 horas, siempre y cuando sus actividades académicas y politécnicas semestralmente sean justificadas, de acuerdo con la resolución tomada por la Comisión Académica el 13 de junio de 1996, ratificada por el Consejo Politécnico el 16 de julio de 1996