Resoluciones #150 - #160 CAc-97-150.- En concordancia con las disposiciones reglamentarias en vigencia, autorizar el ascenso del Ing. Sixto García Aguilar, de la Categoría de Agregado a la de profesor PRINCIPAL. Su ascenso tendrá vigencia, a partir del 6 de diciembre de 1996. CAc-97-151.- En concordancia con las disposiciones reglamentarias en vigencia, autorizar el ascenso del Ing. Henry Alvarez Arellano, de la Categoría de Accidental a la de profesor AUXILIAR. Su ascenso tendrá vigencia, a partir del 29 de octubre de 1996. CAc-97-152.- En concordancia con las disposiciones reglamentarias en vigencia, autorizar el ascenso del Dr. José Luis Santos, de la Categoría de Auxiliar a la de profesor AGREGADO. Su ascenso tendrá vigencia, a partir del 21 de junio de 1996. CAc-97-153.- Autorizar la renovación de nombramiento del Ing. José Chang Gómez, en la Categoría de Accidental, a partir del 6 de junio de 1996. CAc-97-154.- En concordancia con las disposiciones reglamentarias en vigencia, autorizar el ascenso del Ing. Marco T. Mejía Coronel, de la Categoría de Auxiliar a la de profesor AGREGADO. Su ascenso tendrá vigencia, a partir del 20 de febrero de 1997. CAc-97-155.- Aceptar el pedido formulado por el Consejo Directivo del Instituto de Ciencias Matemáticas y autorizar que la Ing. Margarita Martínez Jara inicie su beca para el Programa de Maestría en Administración de Empresas (M.B.A) que dictará la Universidad de Quebec en Montreal, Canadá. Se asigna a la referida catedrática 20 horas como carga académica, durante el I y II Término del año lectivo 1997-1998. CAc-97-156.- Dejar pendiente para que en una sesión especial de esta Comisión, se analice el Reglamento General de Estudios de la ESPOL en el que se incluya la discusión del pedido formulado por los miembros de la Sub-Comisión Permanente de la Comisión Académica, para que se suspenda la aplicación de aquellos artículos concernientes a la pérdida de la matrícula, en Período de Prueba por parte de los estudiantes. CAc-97-157.- Aprobar el informe de la Comisión Especial designada para la reestructuración del Programa de Tecnología Pesquera, con las observaciones expresadas en el seno de esta Comisión, dividiéndola en dos programas: uno para Tecnólogo Pesquero orientado a la captura, y, otro para Tecnólgo en Administración Pesquera. que tendrá una duración de 4 semestres, de acuerdo al perfil ocupacional propuesto. Para el caso del Tecnólogo Pesquero la duración de la carrera será de 4 semestres, más 3 módulos que son requerimientos de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la cual es signataria el Ecuador. La reestructuración que se aprueba incluye, diagramas de flujo, horas de clase a dictarse, perfil ocupacional y programas resumidos. Las Reglas de Transición deberá establecer la Unidad conjuntamente con el CRECE. Los directivos del Programa de Tecnlogía Pesquera iniciarán gestiones con la Armada Nacional (DIGMER) tendientes a obtener la matrícula de embarque de los Tecnólogos. CAc-97-158.- Incluir en el Reglamento General de Estudios de la ESPOL un nuevo artículo con el siguiente texto: Art. 27 .- Un estudiante de cualquier carrera podrá registrarse en materias de otra carrera como materias electivas para el Pénsum de la carrera que esté cursando. Para el efecto, la Unidad Académica a la que pertenece la carrera que cursa el estudiante, deberá autorizar el registro en las materias de las otras carreras que se imparten en la ESPOL. CAc-97-159.- Integrar una Comisión Resolutiva conformada por el Ing. Eduardo Rivadeneira Pazmiño que la presidirá, Ing. Justo Huayamave N. e Ing. Jorge Faytong D. para atender la propuesta presentada por el Director del Instituto de Ciencias Químicas, para el dictado de materias del Ciclo Básico para los aspirantes a la ESPOL que hayan aprobado dos materias en el Examen de Ingreso o cursos del Prepolitécnico de Ingeniería. CAc-97-160.- De acuerdo a lo solicitado por el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería Marítima y Ciencias del Mar, como alcance a la resolución CAc-96-143 tomada por la Comisión Académica el 23 de mayo de 1996, autorizar que los profesionales con título y egresados de las carreras de Biología, Agronomía y Veterinaria de las universidades del país y del extranjero ingresen directamente a la carrera de Ingeniería en Acuicultura.