Resoluciones #001 - #010 CAc-2000-001.- Que las clases se suspendan hasta cuanto se normalice el problema de transporte y que el Calendario de Actividades sea modificado para recuperar las clases no dictadas. CAc-2000-002.- Analizado los méritos y habiendo cumplido los requisitos reglamentarios se asciende de la Categoría de profesor Auxiliar a la de Agregado al Ing. Hugo Eguez Alava, catedrático de la Facultad en Ciencias de la Tierra. Su ascenso tendrá vigencia desde el 30 de noviembre de 1999. CAc-2000-003.- Analizado los méritos y habiendo cumplido los requisitos reglamentarios se asciende de la Categoría de profesor Auxiliar a la de Agregado al Dr. Paúl Carrión Mero, catedrático de la Facultad en Ciencias de la Tierra. Su ascenso tendrá vigencia desde el 9 de diciembre de 1999. CAc-2000-004.- Se dispone que los organismos directivos de las unidades académicas consideren para el Ascenso de Categoría de los profesores de la ESPOL, además de los requisitos establecidos, su trayectoria como docente y el cumplimiento de las actividades académicas y politécnicas que se le han asignado y envíen el informe correspondiente a la Comisión Académica. CAc-2000-005.- Incluir en el Reglamento para la Contratación de Personal Docente en la Escuela Superior Politécnica del Litoral, como numeral 3.4 la siguiente disposición: 3.4. Los profesores contratados que, sin la autorización de la Autoridad de la Unidad Académica respectiva, deleguen a un sustituto para cumplir con sus actividades académicas , se procederá a rescindir sus contratos. CAc-2000-006.- Dentro de la Propuesta para iniciar el proceso de cambio en el Sistema de Estudios de la ESPOL, se aprueba el documento que contiene el Perfil común del Ingeniero Politécnico y los Objetivos curriculares comunes de Ingeniería presentados por el Vice-Rector General, los cuales forman parte del Taller 2 que se realizará el 18 de febrero del 2000. CAc-2000-007.- Conocer y disponer la difusión del documento Premio a la Investigación Tecnológica que promueve la CAF y la SENACYT y solicitar a las unidades académica presenten candidatos. CAc-2000-008.- Que la Sub-Comisión Permanente de la Comisión Académica analice e informe sobre la propuesta para modificar el cuadro de actividades mínimas de los profesores, que contiene el artículo 4 del Reglamento de sueldos, actividades, beneficios y descuentos económicos de los profesores de las Facultades e Institutos y personal directivo de la ESPOL CAc-2000-009.- Modificar los siguientes artículos del Reglamento de Sueldos, Actividades, beneficios y descuentos económicos de los profesores de las Facultades e Institutos y personal directivo de la ESPOL: Art. 5.- Si un profesor no puede cumplir cumple con el mínimo establecido en el cuadro anterior, la Facultad o Instituto al cual pertenece deberá planificar el dictado de seminarios o cualquier u otra actividad académica que puede ser considerada como labor docente (lo que dictaminará el Consejo Politécnico) o de una o más materias en otra Unidad Académica, (lo que dictaminará la Comisión Académica) de tal manera que se cumpla el mínimo señalado. Pero, en ningún caso, el número de profesores que se acojan a este artículo podrá sobrepasar el 20% del número total de profesores de dicha Facultad o Instituto. Art. 7.- A más de la labor docente señalada en los artículos 4 y 5, los profesores estarán obligados a desarrollar actividades politécnicas para cumplir semanalmente las horas de su nombramiento, las mismas que serán programadas por el Decano o Director y aprobadas por los Consejos Directivos de las Facultades e Institutos, antes de iniciar el término correspondiente. Los horarios aprobados de actividad de cada profesor deberán ser enviados a la Comisión Académica, por lo menos, un mes dos semanas, antes de la iniciación de cada término para su conocimiento y aprobación. Art. 10.- La actividad politécnica se desarrollará principalmente en los siguientes campos: a) INVESTIGAC ION. CIENTIFICA: Tendiente a resolver problemas regionales que afecten al desarrollo del país generar conocimien tos que permitan el desarrollo integral del país, en los siguientes componente s: 1. Selección de programas. Formulació n de proyectos 2. Investigación . Ejecución de proyectos. 3. Evaluación de resultados. Evaluación de proyectos. 4. Difusión de resultados. Difusión y transferenci a de resultados. b) PLANIFICACION ACADEMICA: Procurará una permanente actualización de los contenidos de los programas de estudio, de acuerdo al avance tecnológico y la elaboración y actualización de los reglamentos respectivos. 1. Elabo ració n de plane s y progr amas de estud io 2. Prepa ració n de mater ial didác tico 3. Elabo ració n de Regla ment os 4. Prepa ració n de labor atorio s c) EXTENSION POLITECNICA. Buscará consolidar el liderazgo de la ESPOL en su relación con la empresa privada y estatal y la comunidad en general. 1. Progr amaci ón 2. Prepa ració n 3. Realiz ación 4. Evalu ación 5. Prest ación de servi cios. d) PROBLEMAS ASUNTOS ESTUDIANTILES: Establecerá políticas adecuadas para la orientación académica y de bienestar para los alumnos. 1. Infor me de solicit udes 2. Biene star estud iantil 3. Cons ultas sobre mater ias 4. Prácti cas vacac ionale s 5. Orien tació n, Direc ción de Tesis 6. Cons ejería s. e) PLANIFICACI ON ADMINISTRA TIVA. Orientada al reforzamien to de la administrac ión en la ESPOL. 1. Organización 2. Reglamentac ión f) PUBLICACIO NES: Con el fin de hacer conocer al país el trabajo académico y de investigación que realiza la ESPOL. Art. 11.- El control de actividad docente de los profesores, se hará mediante un registro en donde frente a la fecha en que se debe dictar la clase, el profesor indicará el tema desarrollado, alguna observación necesaria y finalmente su firma. Estas hojas se prepararán en la Secretaría de cada Instituto o Facultad y se entregarán al profesor, antes de cada hora de clase, junto con la lista de estudiantes del curso correspondiente. Para efectos de control de asistencia a clases de los profesores, se permitirá un atraso hasta de quince diez minutos de la iniciación de la o las horas programadas sesión de clases programada, entendiéndose por sesión las horas de clases dictadas en forma consecutiva. El Subdecano o Subdirector de cada unidad será responsable del control. Art. 12.- Para el control de la actividad académica y politécnica desarrollada por los profesores existirán horarios, los mismos que serán establecidos de acuerdo a la actividad programada para cada profesor por el Decano de la Facultad o Director de Instituto, según el caso, y publicadas en lugares visibles. Cada dos meses Término el profesor estará obligado a presentar un informe resumido de las actividades que ha desarrollado, en comunicación dirigida al Decano de Facultad o Director de Instituto. Por su parte, cada Decano o Director podrá establecer establecerá el control de la actividad politécnica que creyere más conveniente, estando en la obligación de presentar un informe al final de cada semestre académico a la Comisión Administrativo-Financiera al Consejo Directivo de su Unidad Académica, referente a la actividad desarrollada por cada uno de los profesores de su Facultad o Instituto. Art. 14.- Tanto en las Facultades e Institutos, el Sub-Decano y Subdirector abrirán un archivo de cada profesor en donde, a más del curriculum vitae, constarán los registros mensuales de asistencia a clases y los informes bimestrales el informe semestral de actividad politécnica. Estos archivos podrán ser consultados por cualquier profesor o estudiante, previa autorización del Decano, Director o Rector. Art. 15.- Las horas ocupadas en las sesiones de las Juntas y Consejos Directivos de Facultades e Institutos, según el caso, o Comisiones de cualquier índole serán consideradas para los profesores como actividad politécnica. CAc-2000-010.- Aprobar el programa para la realización del Taller 2 de Propuesta para iniciar el proceso de cambio en el Sistema de Estudios de la ESPOL, el mismo que se realizará el 18 de febrero del 2000 y tendrá el carácter de obligatorio.