Resoluciones #243 - #253 CAc-2001-243.- Una vez que ha cumplido con las disposiciones establecidas en los Estatutos y Reglamentos respectivos y considerando la recomendación que hace el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería en Ciencias de la Tierra, se autoriza el Ascenso de Categoría del Ing. Julio Rodríguez Rios, de profesor Auxiliar al de Agregado. Su Ascenso tendrá vigencia a partir del 27 de julio de 2001. CAc-2001-244.- Una vez que ha cumplido con las disposiciones contenidas en los Estatutos y Reglamentos respectivos y considerando la recomendación que hace el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería Marítima y Ciencias del Mar, se autoriza el Ascenso de Categoría del Ing. José Chang Gómez, de profesor Accidental al de Auxiliar. Su Ascenso tendrá vigencia a partir del 28 de agosto de 2001. CAc-2001-245.- Considerando la recomendación que hace el Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería en Electricidad y Computación, por no cumplir los requisitos reglamentarios para Ascenso de Categoría, se autoriza la renovación del nombramiento en la Categoría de Agregado del Ing. Washington Medina Moreira. La renovación de su nombramiento tendrá vigencia a partir del 8 de agosto de 2001. CAc-2001-246.- Conocida la resolución tomada por el Consejo Directivo del Instituto de Ciencias Humanísticas y Económicas, el 31 de agosto de 2001, de no aprobar la renovación de nombramiento del Ing. Gomer Rubio Roldán y dar por terminado su nombramiento como profesor de la ESPOL, esta Comisión solicita al Jefe de la Unidad Académica, acompañe a dicha resolución el expediente respectivo, de conformidad con el mandato señalado en el Artículo 12 del Reglamento de Ascenso de Categorías y Renovación de Nombramientos para profesores titulares de Ciencias, Ingeniería y Tecnologías de la ESPOL. La información de sustento debe incluir: · La solicitud de los estudiantes que se negaron a rendir los exámenes en las materias que tuvo a su cargo el referido profesor. · Actas de las sesiones del Consejo Directivo del ICHE en las que se trataron el Ascenso de Categoría del Ing. Gomer Rubio Roldán. · Certificación de Secretaría General sobre la integración de la Representación Estudiantil al Consejo Directivo del ICHE en las fechas en que se tomaron las resoluciones respecto al Ascenso de Categoría del Ing. Rubio Roldán. · Cualquier documento adicional que se considere pertinente para que esta Comisión tome una resolución al respecto. El Instituto deberá entregar al Vice-Rector General la documentación arriba señalada, el en el plazo máximo de 8 días laborables, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. CAc-2001-247.- Que la documentación de la Revisión Curricular de la carrera de Ingeniería de la Administración y Producción Industrial, pase a análisis y recomendación previa de la Sub-Comisión Permanente de la Comisión Académica. CAc-2001-248.- Aprobar el pedido formulado por el Programa de Tecnología en Computación y Diseño Gráfico, mediante el cual los estudiantes de las carreras Modulares de Programación de Sistemas y Análisis de Soporte de Microcomputadores que aspiran a ingresar al nivel de Tecnología de la carrera de Informática, deberán seguir el siguiente procedimiento: a) El aspirante deberá presentar sólo la solicitud de ingreso a la carrera en Informática junto con eL certificado de no adeudar a Tesorería. b) El CRECE deberá Certificar que ya obtuvo el título de Programador de Sistemas o de Analista de Soporte de Microcomputadores y que no cursó anteriormente la carrera de Informática. c) La documentación pasará a la Sub-Comisión Permanente para continuar con el trámite respectivo. CAc-2001-249.- Con la finalidad de mantener la calidad y la excelencia en el proceso enseñanza-aprendizaje, esta Comisión resuelve ratificar los puntos 1, 4 y 5 contenidos en la resolución CAc-98-185 del 24 de septiembre de 1998 que regula el dictado máximo de cursos o paralelos por parte de profesores titulares y contratados de la ESPOL. El punto 3 se elimina y el punto 2 se modifica de la siguiente manera: 2.- Un profesor titular, adicional al cumplimiento de su carga académica y politécnica reglamentaria, podrá dictar hasta un máximo de 12 horas de clase extras semanales. Un profesor contratado podrá dictar hasta un máximo de 24 horas de clase semanales. Los casos especiales que se presenten serán resueltos por el Vice-Rector General y el Directivo de la Unidad Académica. Estas disposiciones entrarán en vigencia, a partir del II Término del año lectivo 2001-2002. CAc-2001-250.- Conocer el informe de la Oficina de Bienestar Estudiantil sobre la distribución de becas con fondos de Capacitación Técnica destinados a capacitar a estudiantes y profesionales en el área de la industria de hidrocarburos. CAc-2001-251.- Conocer el informe de la Oficina de Bienestar Estudiantil sobre el Programa de Orientación Vocacional en Colegios Nacionales y Particulares. Se recomienda a las Unidades que tienen carreras con una población estudiantil pequeña, en conjunto con el Departamento de Bienestar Estudiantil planifiquen una agresiva campaña de difusión en esas carreras. CAc-2001-252.- Conocer el informe presentado por el Dr. José Luis Santos, Director del CICYT de su viaje a la ciudad de Cataratas de Iguazú, Brasil, del 2 al 6 de septiembre de 2001, para participar en el Cuarto Diálogo Inter. Americano en Manejo de Aguas. CAc-2001-253.- Conocer el informe de actividades académicas y politécnicas que hasta la fecha ha cumplido el Dr. Boris Vintimilla B., catedrático titular de la Facultad de Ingeniería en Electricidad y Computación.