Resumen:
El dinámico proceso de cambios de las últimas décadas ha forzado que se formulen nuevas reglas y normas de alcance global que desbordan las injerencias que en el mundo de los negocios poseían los tradicionales Estados nacionales. Por ello, han surgido instituciones como la Organización Mundial del Comercio (OMC) para regir con visión global las prácticas comerciales, dentro de los parámetros de la economía de mercado.
Por consiguiente, los Estados nacionales se ven obligados cada vez más a participar en convenios comerciales y de inversión para regular su inserción en el irreversible proceso de globalización de la economía.
Es por esta razón que se hace necesario plantear convenios con el propósito de regularizar las relaciones tributarias entre los países y evitar la doble imposición o tributación, que ocurre cuando dos o más Estados exigen un impuesto similar a un mismo contribuyente, sobre una misma materia, actividad o renta gravable en un mismo período fiscal.
A medida que se incrementan los flujos de comercio internacional e inversiones, se hace más evidente la necesidad de estos convenios, a fin de que las políticas impositivas de los países interesados no se transformen en obstáculos al libre comercio y también como una forma de proteger los ingresos fiscales de cada nación. Los inversionistas extranjeros, como parte de la seguridad jurídica que requieren en el país de destino de sus inversiones, respaldan el establecimiento de convenios tributarios, y los gobiernos de estos países también utilizan esta política como una forma de atraer capitales extranjeros.